Fecha de actualización: Sábado 12 de noviembre de 2016
El texto reformado del artículo 31 del Código Penal lo deja bastante claro: las personas físicas no sólo podrán ser responsables penalmente, sino que además sus sistemas de cumplimiento adquieren un alto grado de responsabilidad.
Por tanto, un sistema Compliance cualquiera, no será eximente. Por contra, sí lo será otro EFICAZ. Está claro que en un proceso que dilucide responsabilidades penales, los juristas y letrados tendrán muy en cuenta la calidad y eficacia del sistema.
En este mismo sentido, la Fiscalía General del Estado publicó la Circular 1/2016 sobre la reforma del código penal en el que cabe destacar lo que señala que “cualquier programa eficaz depende del inequívoco compromiso y apoyo de la alta dirección de la compañía. El comportamiento y la implicación del Consejo de Administración y de los principales ejecutivos son claves”.
Compliance Noticias
Autor: S. Nieto
Disponible en:
http://www.compliancenoticias.com/2016/10/la-justicia-mirara-con-lupa-la-eficacia.html
Consultado el: 12/11/2016