Fecha de actualización: Jueves 18 de febrero de 2016
La sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Ourense determina que "carece de sentido sancionar penalmente a los responsables cuando la pena, precisamente por el tiempo transcurrido (16 años) desde el accidente y en línea con el fundamento de la prescripción, no cumpliría los fines humanitarios, reparadores y socializadores".
El accidente se produjo el 22 de julio de 1999 y el juicio tuvo lugar el 11 de diciembre del 2015. El procedimiento estuvo parado más de tres años durante los cuales únicamente se recabó información de la compañía aseguradora y se reiteró la práctica de diligencias previamente acordadas. La sentencia no obstante no es firme y es susceptible de recurso ante la Audiencia.
La Voz de Galicia
Disponible en:
http://www.prevencionintegral.com/actualidad/noticias/2016/01/30/accidente-laboral-1999-queda-sin-castigo-prescribir-delito-por-inaccion-judicial
Consultado el: 18/02/2016