Fecha de actualización: Lunes 24 de octubre de 2016
La jurisprudencia comienza a abrirse paso para imputar a la Administración sanitaria la responsabilidad civil derivada de la agresión física o psíquica que haya sufrido cualquier profesional sanitario. El soporte legal es la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Hasta la fecha la agresión sufrida por un médico se resolvía por la vía penal al tratarse de un delito de atentado. Sin embargo, ahora los jueces de lo Social están responsabilizando a los servicios de salud de las agresiones por no haber adoptado las medidas preventivas que podrían evitar el daño.
Así, el Juzgado Social nº 3 de Badajoz ha condenado al Servicio Extremeño de Salud a pagar a una médica una indemnización de 5.645 euros por los daños sufridos a causa de la agresión de una paciente. El fallo entiende que se ha «incumplido la normativa de prevención de riesgos laborales» donde estaba desarrollando su trabajo como facultativa.
El juzgado explica que «es evidente la situación de riesgo de los médicos que realizan su trabajo en un centro de salud». La actividad que desarrollan puede verse en situaciones «difíciles en las que se sientan amenazados y presionados por los enfermos y sus familiares, dadas las situaciones de estrés a las que habitualmente están sometidos, listas de espera, retrasos considerables para ser visto en consulta, etc».
Acción Preventiva (CEOE)
Disponible en:
http://revistaprl.ceoe.es/un-juzgado-responsabiliza-a-la-administracion-del-dano-causado-a-una-medica-por-la-agresion-de-una-paciente-a-la-que-tambien-se-condena/
Consultado el: 24/10/2016