Fecha de actualización: Martes 20 de marzo de 2018
Un trabajador, vigilante jurado que prestaba servicios en un supermercado en la ciudad de Bilbao, ha visto estimada su demanda, interpuesta contra la empresa y las compañías de seguro dada la falta de medidas de prevención frente a los riesgos existentes en el centro de trabajo.
La sentencia, dictada el pasado 5 de diciembre de 2017 por el Juzgado de lo Social núm. 7 de Bilbao, concluye la dejación empresarial en la prevención, facilitando que el empleado pudiera ser objeto de un ataque coordinado y planificado a la salida del centro de trabajo, además de ser amenazado de muerte por los individuos que le agredieron.
La sentencia refleja que en aquellos momentos existía por entonces una problemática de grave conflictividad, al haber ocurrido poco después otra agresión a otro vigilante, lo que propició la apertura de un Acta de Inspección y se valorase por la empresa la implementación de una serie de medidas de seguridad que luego incumplió, acaeciendo una segunda agresión a ese otro trabajador en marzo de 2013.
La empleadora era consciente de la problemática, sin que se llegase a informar a la nueva empresa adjudicataria del servicio de dichos extremos, pese a ser su obligación.
Noticias Jurídicas
Autora: Isabel Desviat
Consultado el: 20/03/18