Fecha de actualización: Martes 5 de noviembre de 2019
En general se entiende por “trabajos en altura” aquellos que se ejecutan en un lugar por encima del nivel de referencia, entendiendo como tal la superficie sobre la que puede caer un trabajador y ocasionarle daños personales. Los trabajos que supongan un riesgo de caída de altura superior a 2 metros requieren el uso de protección contra caídas de altura; ello no excluye que cuando se trabaje en alturas inferiores no deban utilizarse también los medios y equipos adecuados para cada situación.
Los EPI contra caídas de altura son de categoría III, por tanto sobre el equipo debe figurar el marcado CE seguido del número de identificación del organismo notificado que participe en el procedimiento de conformidad con el tipo (módulo C2 o D del Reglamento (UE) 2016/425).
En el siguiente cartel del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) se exponen estos tipos de EPI y sus características, así como aspectos fundamentales a tener en cuenta en su selección y uso.
Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST)
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