Fecha de actualización: Lunes 25 de junio de 2018
¿Cómo abordar la prevención de riesgos laborales de los trabajadores desplazados al extranjero? ¿Qué aspectos hay que tener en cuenta al respecto? Los expertos de Quirón Prevención explican que, como criterio general, "los trabajadores desplazados al extranjero se rigen por la legislación en prevención de riesgos laborales que sea más restrictiva y favorable para su salud y seguridad".
En este sentido, exponen las situaciones habituales. Por un lado, indican que, en el caso de los trabajadores que se desplazan a otros países de la UE o del Espacio Económico Europeo (EEE), este desplazamiento está regulado por la Directiva 96/71 de 16 de diciembre, y las empresas serán las que deban garantizar que las condiciones de trabajo sean las establecidas por la normativa del país miembro.
Sin embargo, en el caso de que dicho desplazamiento sea fuera de la UE, "no hay una legislación que específicamente regule la PRL", aunque si han sido contratados en España, "la empresa deberá aplicar Ley de prevención de riesgos laborales española en los países de destino", explican los expertos. A ello se añade, además, la necesidad de cumplir con las propias leyes nacionales de aquellos países.
"La prevención de riesgos laborales de los trabajadores desplazados en el extranjero debe abarcar la salud y seguridad global de los mismos, puesto ya que el simple hecho de cambiar de entorno puede exponer a los empleados a distintas situaciones de riesgo", añaden los expertos que, no obstante, matizan: "La empresa deberá velar por la PRL en un plano más amplio", que comprende otros riesgos como, por ejemplo, los vinculados al contagio de enfermedades por condiciones sanitarias deficientes, con la violencia e inseguridad del país de destino, los derivados de fenómenos meteorológicos extremos o catástrofes naturales y a fallos en la seguridad vial del país.
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Consultado el: 25/06/18