Fecha de actualización: Sábado 15 de agosto de 2015
El Tribunal Supremo condena a una empresa de trabajo temporal (ETT) por no adoptar las medidas necesarias para impedir el accidente de una trabajadora. Dicha empresa tendrá que pagar a la mujer, solidariamente con la empresa en la que trabajaba, la cantidad de 184.021 euros, de indeminización, más los intereses desde la fecha de presentación de la demanda.
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Consultado el: 02/08/2015