Fecha de actualización: Viernes 6 de febrero de 2026
Baja médica
La baja médica o incapacidad temporal se otorga cuando un trabajador no puede desempeñar sus funciones debido a una enfermedad o accidente, sea de origen laboral o no. Esta baja la debe expedir un médico del Sistema de Salud Pública, el médico de Atención Primaria adscrito al trabajador, que determina la duración del reposo y emite los partes médicos correspondientes.
En cuanto a la baja médica por contingencias profesionales —accidente de trabajo o enfermedad laboral— la emite normalmente la Mutua de Accidentes, actualmente una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, con la que la empresa tenga concertada la cobertura de estas contingencias.
Existen dos tipos de baja médica:
seguridad-laboral.es
Última visita: 06/02/2026